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Sobre los impuestos de las Sociedades en Panama

Impuesto Annual Fijo de Patente Corporativa

El único impuesto que paga una Sociedad (o Fundación) es la tarifa anual corporativa de US$300.00.

De acuerdo a la Ley, el pago del impuesto anual corporativo vence como sigue:

Fecha de constitución.........................Fecha límite de Pago

Del 1ro. de enero al 30 de junio:...........15 de julio
Del 1ro. de Julio al 31 de diciembre:.....15 de enero

Multa por Tardanza en el Pago: Si la tasa anual corporativa (tasa única) no se paga antes o en la fecha arriba indicada, a la entidad se le cargará una multa de US$50.00 por el año que el impuesto no fue pagado.

Penalización por Segunda Tardanza en el Pago: Si la tarifa anual corporativa (tasa única) no es pagada dentro del vencimiento del primer periodo, se le cargará a la entidad una multa por segunda tardanza de US$300.00 y por cada vencimiento adicional que no se haya pagado, se le cargará una multa de US$300.00.

Lo anterior aplica a todas las "entidades" (sociedades, fundaciones, fideicomisos) registrados ante el Registro Público de Panamá.

 



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