Procedimientos para adquirir una Sociedad
en Panama
Completar
el formulario en línea. Lea el sencillo procedimiento
abajo para establecer su sociedad en Panamá.
1. Información Personal:
Complete la aplicación en línea con los datos personales para contactarle.
2. Indique qué tipo de
entidad(es) desea usted: Indicar si usted desea una sociedad nueva
o desea adquirir una sociedad existente. Si escoge adquirir una
sociedad existente, se le asignará la primera sociedad disponible
y puede saltarse la sección de "Nombre" del formulario.
También indique cuántas entidades quiere de cada tipo.
3. Seleccionar el nombre(s):
En la aplicación en línea, usted debe indicar tres opciones de nombre
por cada sociedad. Los nombres de la Sociedad pueden ser en cualquier
idioma y debe incluir uno de los siguientes sufijos corporativos:
· Inc.
· Incorporada
· Corp.
· Corporación
· S.A.
Nota: Para su información
"S.A:" en Español significa "Sociedad Anónima".
Estas es solamente otra forma de decir "Corp." ó "Inc."
en Español.
Una vez que usted haya
enviado la aplicación en línea incluyendo en nombre(s) de su(s)
sociedad(es), nosotros verificaremos si esos nombres están disponibles
en el Registro Público de Panamá. Esto no podemos realizar en unas
pocas horas. El primer nombre disponible de los sugeridos por usted
será registrado tan pronto hayamos recibido su pago.
4. Directores: En la
aplicación en línea, usted debe indicar si usted desea nombrar los
directores de su sociedad(es). Cada sociedad en Panamá requiere
de 3 directores/dignatarios (Presidente, Secretario y Tesorero).
Los directores/dignatarios puedes ser individuos o entidades.
Si nuestro cliente es
nombrado como director en una sociedad, entonces su nombre será
conocido públicamente ya que los nombre de los directores y sus
identificaciones deben ser presentadas en el Registro Público cuando
se constituye la sociedad. Generalmente, el único documento de registro
público es la escritura (ó artículos) de constitución con los nombres
y direcciones de sus directores/dignatarios y Agente Residente.
Nosotros ofrecemos a
nuestros clientes el servicio opcional de usar nuestros "directores
nominados" para su(s) sociedad(es). Por asuntos de confidencialidad,
la mayoría de nuestros clientes prefieren que nosotros suministremos
los directores/dignatarios nominados para sus sociedades. Cuando
nosotros nombrados nuestros directores nominados para las entidades
que nosotros establecemos para nuestros clientes, siempre suministramos
a nuestros clientes una carta de renuncia de los directores, previamente
firmada y sin fecha, de tal manera que nuestros clientes puedan
reemplazar a tales directores en cualquier momento. No hay cargo
adicional por es uso de nuestros directores nominados.
De lo contrario, si nuestros
clientes prefieren nombrar sus propios directores, ellos simplemente
completarán en la aplicación en línea los nombres de los directores
que ellos desean utilizar (deben incluirnos fotocopia de los pasaportes
de sus directores).
5. Certificados de Acciones:
En la aplicación en línea, los clientes deberán informarnos sobre
cómo quieren que se emitan los certificados de acciones. Los certificados
pueden ser emitidos "Al Portador" o en Forma Nominativa
(a una persona o una entidad específica). No se requiere que los
dueños beneficiarios de la sociedad estén registrados en el Registro
Público.
Los accionistas pueden
ser anónimos. En otras palabras, las acciones pueden ser emitidas
"Al Portador" lo que significa que las acciones son como
efectivo, y pueden pasar de un tenedor/dueño a otro tenedor/dueño
por medio del Certificado físico, sin necesidad de volver a registras
las acciones por el agente de registro.
Nota: Si el cliente no
indica su preferencia para los certificados de acciones, entonces
la sociedad será creada con los certificados de acciones emitidos
"Al Portador".
6. Pago: En la aplicación
en línea usted debe indicar su método de pago preferido. El pago
puede ser efectuado por medio de Transferencia Bancaria Electrónica,
Transferencia en efectivo por medio de Western Union, E-gold, Cheque
en Dólares Americanos o Giro Bancario Internacional. Para un proceso
más rápido nosotros le recomendamos pagar por medio de Transferencia
Bancaria Electrónica, o por medio de Western Union. La compensación
de los cheques y los Giros Bancarios Internacionales puede tomar
de dos a tres semanas, y nosotros no iniciaremos el proceso hasta
que el pago se haya recibido. Después de enviarnos la aplicación
en línea, usted será contactado por nuestro personal y daremos las
instrucciones para el pago.
7. Tiempo Estimado: Una
nueva sociedad puede ser establecida de 3 a 5 días laborables. Sociedades
existentes también están disponibles si usted necesita una sociedad
inmediatamente. Las sociedades ya existentes son iguales, excepto
que éstas han sido conformadas con anterioridad y están listas para
iniciar negocios inmediatamente si usted está apurado a hacer negocios
rápidamente. Simplemente notifíquenos en su formato de solicitud
en línea si usted prefiere una sociedad ya constituida y nosotros
le proporcionaremos una para usted.
Para
más preguntas o información por favor escríbanos a:
info@panama-foundation.com
, o llame a nuestras oficinas en Panama: ++(507)227.6645
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