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Impuestos de las Sociedades

Seguido encontrará una descripción detallada de los costos mencionados.

IMPUESTOS DE LICENCIA CORPORATIVA
Para mantener una sociedad o fundación vigente con el Gobierno de Panamá, cada entidad debe pagar una anualidad fija de Impuesto de Licencia Corporativa (tasa única), de US$300.00 al Gobierno de Panamá (Registro Público).

Recuerde que si el Impuesto de Licencia Corporativa anual no se paga, el Registro Público no permitirá ningún cambio a la entidad en el Registro Público, y no permitirá tampoco obtener el Certificado de la Sociedad (certificado de vigencia) de la entidad, el cual generalmente es solicitado por las instituciones financieras como por cuestión de procedimientos o políticas. Adicionalmente, los certificados de vigencia generalmente son solicitados para transferencia de propiedades que se mantienen dentro de las sociedades y/o fundaciones.

De acuerdo a la Ley Panameña, las Fechas límites para pagar el impuesto de Licencia Corporativa son:

Fecha de Constitución...................Fecha límite para pago de Impuestos

Del 1ro. de enero al 30 de junio........15 de julio
Del 1ro. de julio al 31 de diciembre....15 de enero


Multa por Tardanza en el Pago:

Si el impuesto gubernamental de licencia corporativa (tasa única) no se paga en o antes de las fechas arriba mencionadas, a la entidad se le recargará una multa por tardanza en el pago de US$50.00.

Multa por Segunda Tardanza en el Pago:

Si el impuesto gubernamental de licencia corporativa (tasa única) y la primera multa no fueron pagados durante el plazo del segundo período, a la entidad se le cargará una segunda multa por tardanza en el pago de US$300.00. Por cada fecha límite de cada plazo adicional que deje de pagar, incurrirá en una multa por tardanza en el pago de US$300.00.

HONORARIOS POR PRESENTACIÓN DE IMPUESTOS

Hay dos tipos de presentación de impuestos en Panamá:

Presentación de Impuesto Operacional: ésta es una presentación de impuestos para entidades que están operando (sociedades o fundaciones), en otras palabras aquellas entidades que físicamente realizan negocios o que general ingresos de fuentes dentro del territorio de la República de Panamá. Este tipo de registro de impuestos requiere de una detallada declaración de ingresos, debidamente auditada por Contador Público Autorizado (CPA). El costo por el registro de impuestos operacionales puede variar desde US$250.00 o más, dependiendo de la naturaliza y tamaño del negocio.

Presentación de Impuesto Sin Operación: este tipo de presentación de impuesto para entidades Sin Operación (sociedades o fundaciones), en otras palabras, entidades que realizan operaciones offshore, fuera del territorio de la República de Panamá, o entidades que no están realizando negocios o que no están generando ingresos de fuentes dentro del territorio de la República de Panamá. Este tipo de presentación de impuestos requiere de una simple declaración de Sin Operación (o sociedades offshore), debidamente firmada por un Contador Público Autorizado (CPA). Los costos por registro de impuestos Sin Operación son US$65.00 netos por registro.

Todas las entidades (operando o sin operación) deben declarar anualmente, desde el 1ro. de enero al 31 de marzo.

AGENTE RESIDENTE / HONORARIOS DE OFICINA

El agente residente/oficina de la firma de abogados abogado que representa la entidad (sociedad y/o fundación) y el nombre de la firma de abogados o el abogado y la dirección de la oficina de la entidad están declarados en la escritura pública de la entidad en el Registro Público. Para mantener la sociedad o fundación vigente con nuestra firma de abogados, cada entidad debe pagar un honorario anual al agente residente/honorario de oficina de US$300.00 por año, comenzando desde la fecha de constitución como año uno.

HONORARIOS POR NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES

Los Directores o los miembros del Consejo Nominados, son un servicio opcional que proporciona nuestra firma de abogados. Si usted lo solicita, nuestra firma le proveerá el Director o miembros del Consejo nominados que se necesitan para constituir la sociedad o fundación. Los honorarios por el servicio por los directores o miembros del consejo son de US$150.00 por año, comenzando como año uno, la fecha en que constituyó.

SERVICIO DE ENVÍO DE CORREO

El servicio de correo (envío de la correspondencia) es un servicio que le permite una cajilla en la oficina postal, dirección física en Panamá, en donde su sociedad y/o fundación puede recibir su correspondencia o paquetes. Tan pronto como el correo y/o paquetes son recibidos, son enviados a usted según sus instrucciones. Si usted se ha suscrito al Servicio de Envío de Correo, entonces usted debe pagar por el servicio al inicio de su suscripción. Para renovar su Servicio de Envío de Correo, la tarifa anual es de US$300.00

 



Para más preguntas o información por favor escríbanos a:
info@panama-foundation.com , o llame a nuestras oficinas en Panama: ++(507)227.6645

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