Impuestos de las Sociedades
Seguido encontrará
una descripción detallada de los costos mencionados.
IMPUESTOS
DE LICENCIA CORPORATIVA
Para mantener una sociedad o fundación vigente con el Gobierno de
Panamá, cada entidad debe pagar una anualidad fija de Impuesto de
Licencia Corporativa (tasa única), de US$300.00 al Gobierno de Panamá
(Registro Público).
Recuerde que si el Impuesto
de Licencia Corporativa anual no se paga, el Registro Público no
permitirá ningún cambio a la entidad en el Registro Público, y no
permitirá tampoco obtener el Certificado de la Sociedad (certificado
de vigencia) de la entidad, el cual generalmente es solicitado por
las instituciones financieras como por cuestión de procedimientos
o políticas. Adicionalmente, los certificados de vigencia generalmente
son solicitados para transferencia de propiedades que se mantienen
dentro de las sociedades y/o fundaciones.
De acuerdo a la Ley Panameña,
las Fechas límites para pagar el impuesto de Licencia Corporativa
son:
Fecha de Constitución...................Fecha
límite para pago de Impuestos
Del 1ro. de enero al
30 de junio........15 de julio
Del 1ro. de julio al 31 de diciembre....15 de enero
Multa por Tardanza en el Pago:
Si el impuesto gubernamental
de licencia corporativa (tasa única) no se paga en o antes de las
fechas arriba mencionadas, a la entidad se le recargará una multa
por tardanza en el pago de US$50.00.
Multa
por Segunda Tardanza en el Pago:
Si el impuesto gubernamental
de licencia corporativa (tasa única) y la primera multa no fueron
pagados durante el plazo del segundo período, a la entidad se le
cargará una segunda multa por tardanza en el pago de US$300.00.
Por cada fecha límite de cada plazo adicional que deje de pagar,
incurrirá en una multa por tardanza en el pago de US$300.00.
HONORARIOS
POR PRESENTACIÓN DE IMPUESTOS
Hay dos tipos de presentación
de impuestos en Panamá:
Presentación de Impuesto
Operacional: ésta es una presentación de impuestos para entidades
que están operando (sociedades o fundaciones), en otras palabras
aquellas entidades que físicamente realizan negocios o que general
ingresos de fuentes dentro del territorio de la República de Panamá.
Este tipo de registro de impuestos requiere de una detallada declaración
de ingresos, debidamente auditada por Contador Público Autorizado
(CPA). El costo por el registro de impuestos operacionales puede
variar desde US$250.00 o más, dependiendo de la naturaliza y tamaño
del negocio.
Presentación de Impuesto
Sin Operación: este tipo de presentación de impuesto para entidades
Sin Operación (sociedades o fundaciones), en otras palabras, entidades
que realizan operaciones offshore, fuera del territorio de la República
de Panamá, o entidades que no están realizando negocios o que no
están generando ingresos de fuentes dentro del territorio de la
República de Panamá. Este tipo de presentación de impuestos requiere
de una simple declaración de Sin Operación (o sociedades offshore),
debidamente firmada por un Contador Público Autorizado (CPA). Los
costos por registro de impuestos Sin Operación son US$65.00 netos
por registro.
Todas las entidades (operando
o sin operación) deben declarar anualmente, desde el 1ro. de enero
al 31 de marzo.
AGENTE
RESIDENTE / HONORARIOS DE OFICINA
El agente residente/oficina
de la firma de abogados abogado que representa la entidad (sociedad
y/o fundación) y el nombre de la firma de abogados o el abogado
y la dirección de la oficina de la entidad están declarados en la
escritura pública de la entidad en el Registro Público. Para mantener
la sociedad o fundación vigente con nuestra firma de abogados, cada
entidad debe pagar un honorario anual al agente residente/honorario
de oficina de US$300.00 por año, comenzando desde la fecha de constitución
como año uno.
HONORARIOS
POR NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES
Los Directores o los
miembros del Consejo Nominados, son un servicio opcional que proporciona
nuestra firma de abogados. Si usted lo solicita, nuestra firma le
proveerá el Director o miembros del Consejo nominados que se necesitan
para constituir la sociedad o fundación. Los honorarios por el servicio
por los directores o miembros del consejo son de US$150.00 por año,
comenzando como año uno, la fecha en que constituyó.
SERVICIO
DE ENVÍO DE CORREO
El servicio de correo
(envío de la correspondencia) es un servicio que le permite una
cajilla en la oficina postal, dirección física en Panamá, en donde
su sociedad y/o fundación puede recibir su correspondencia o paquetes.
Tan pronto como el correo y/o paquetes son recibidos, son enviados
a usted según sus instrucciones. Si usted se ha suscrito al Servicio
de Envío de Correo, entonces usted debe pagar por el servicio al
inicio de su suscripción. Para renovar su Servicio de Envío de Correo,
la tarifa anual es de US$300.00
Para
más preguntas o información por favor escríbanos a:
info@panama-foundation.com
, o llame a nuestras oficinas en Panama: ++(507)227.6645
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